
La Secretaría de Energía aprobó el listado de bienes destinados a inversiones en generación, almacenamiento y transporte de energía eléctrica que las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) podrán incorporar al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) sin necesidad de cumplir con el compromiso de inversión mínima exigido por el régimen general.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 161/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial y procesada por la Agencia Noticias Argentinas.
Entre los bienes alcanzados por la resolución se incluyen turbinas y ruedas hidráulicas con potencias determinadas, generadores y células fotovoltaicas, aerogeneradores eólicos, transformadores de distintas capacidades, equipos de alimentación ininterrumpida de energía (UPS), convertidores de corriente alterna y sistemas de almacenamiento eléctrico conformados por módulos de acumuladores con equipamiento de refrigeración, extinción de incendios y control, alojados en contenedores metálicos.
El RIMI contempla dos beneficios fiscales para las empresas que accedan al régimen: la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada de créditos fiscales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondientes a inversiones en bienes muebles amortizables y obras destinadas a actividades productivas.
En términos generales, el régimen exige que las empresas asuman un compromiso de inversión mínima dentro de un plazo de dos años. No obstante, la normativa exceptúa de ese requisito a determinadas inversiones, entre ellas las vinculadas con bienes de alta eficiencia energética, cuando sean realizadas por micro, pequeñas y medianas empresas.
Para acceder a los beneficios del RIMI mediante los bienes incluidos en el listado, las MiPyMEs deberán estar inscriptas en el Registro de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica de Fuente Renovable (RENPER), en el Registro Nacional de Proyectos de Almacenamiento de Energía Eléctrica (RENPALMA), o contar con el Certificado de Usuario-Generador previsto por la Resolución 314/2018 de la entonces Secretaría de Gobierno de Energía.